abril 23, 2024

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Ecobonus, bien para liquidar sin fronteras y con cualquier otra deuda

Ecobonus, bien para liquidar sin fronteras y con cualquier otra deuda

Ecobonus, compensación ilimitada y con cualquier otra deuda permitida. Así lo explica la Agencia Tributaria al dar respuesta a la Consulta N° 240 del 29 de abril de 2022. También es posible transferir beneficios fiscales dentro de la incorporación nacional.

ecobonola agencia de ingresos explica que compensación Sin límites y con cualquier otra deuda, no sólo con la deducción del IRPEF sobre la renta de los trabajadores de la empresa adelantada.

Las ilustraciones vienen con Responder a la pregunta número 240 de fecha 29 de abril de 2022, que tiene por objeto el crédito fiscal por la compra Nuevos vehículos eléctricos bajos en carbono.

Las autoridades fiscales aclaran que también es posible transferir beneficios fiscales bajo Nacional Unificado.

En el departamento “contribuyente” subordinar F24 Se debería notar:

  • Él código de identificación fiscal para la empresa consolidada que utiliza crédito para compensación;
  • Él código de identificación fiscal Para el propietario que transfirió el crédito fiscal notificado al MISE como parte de la fusión.

Ecobonus, bien para liquidar sin fronteras y con cualquier otra deuda

con el Respuesta a la pregunta No. 240 el 29 de abril de 2022La Agencia Tributaria brinda aclaraciones sobre la compensación créditos fiscales Derivado de la recompensa ambiental.

Agencia Tributaria – Respuesta al Interrogatorio N° 240 del 29 de abril de 2022
Cámara de Compensación de Exenciones Tributarias “https://news.google.com/__i/rss/rd/articles/Ecobonus” – Artículo 1, incisos 1031 a 1041 y 1057 a 1064 de la Ley Núm. 145.

La idea viene de La pregunta del momentouna empresa importadora que tiene varias ventajas fiscales.

Estos créditos se derivan de la compra Nuevos vehículos eléctricos y bajos en carbono Se encuentra dentro de las facilidades introducidas por el artículo 1, incisos 1031 a 1041 y 1057 a 1064, de la Ley No. 145/2018 o la ley de presupuesto de 2019.

Básicamente, el vendedor hace una aplicación descuento del comprador Luego recupera el monto de la compensación, en virtud del artículo 17 del Decreto Legislativo 09 de julio 1997, n. 241, con modelo F24.

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El peticionario pregunta si puede utilizar la compensación de créditos no solo con las deducciones del IRPEF impuestas a los salarios de sus empleados sino también con otras deudas.

En concreto, la empresa pregunta si puede utilizar el resto del crédito fiscal:

  • en compensación por mayores pagos de IRES e IRAP derivados de mayores bases imponibles derivadas de las medidas del acuerdo de salvaguardia que subyacen a los acuerdos bilaterales entre las autoridades fiscales italianas y extranjeras de conformidad con el art. 31-III del Decreto Presidencial del 29 de septiembre de 1973, n. 600, (…), incluyendo avisos de tasación o cualesquiera instrumentos contractuales de controversia tales como, pero no limitados a, aquiescencia, tasación con adhesión, etc.;
  • en compensación por pagos más altos de IRES e IRAP derivados de montos de impuestos más altos derivados de las liquidaciones de impuestos por parte de las autoridades fiscales italianas y la Guardia di Finanza, incluidas las notificaciones de liquidación o cualquier instrumento contractual de disputa, como, entre otros, la liquidación de cumplimiento y adhesión, o la conciliación , etc., o en caso de impugnación del pago de impuestos e intereses relacionados, en forma parcial pendiente de trámite.”

Llamadas de la Agencia Tributaria Marco Normativo de Referencia La documentación principal para la práctica sobre el tema.

Relación de créditos relacionados con la recompensa ambiental, tras la presentación de la instalación Ley de Presupuesto 2019modificado primero por el Decreto de Reinicio y luego por el Decreto Sostegni.

Él Agencia Tributaria Proveedora El 28 de junio de 2021, se dieron a conocer las modalidades de aplicación de las disposiciones a que se refiere el artículo 5, inciso 15 bis, del Decreto Legislativo No. 41 para 2021.

Esta disposición establece que el crédito fiscal puede utilizarse como compensación por pagar impuestos y contribuciones, que se puede pagar A través de la F24.

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A modo de ejemplo no exhaustivo, la Agencia Tributaria enumera los siguientes impuestos:

  • impuestos directos
  • IRAP;
  • impuesto al valor agregado
  • bloqueo y embargo;
  • impuesto adicional a la renta provincial y municipal;
  • contribuciones del INPS;
  • PREMIOS INAIL.

No aplican restricciones estipuladas en la versión anterior del Párrafo 1061 y las restricciones a que se refiere el artículo 34 de la Ley Núm. 388 y el artículo 1, párrafo 53 de la Ley de 24 de diciembre de 2007, n. 244.

Ecobonus, exención fiscal también transferida en el marco de la consolidación fiscal nacional

Según lo indicado por la Agencia Tributaria en el documento explicativo, i Créditos debidos a empresas manufactureras o importadoras Se describe simplemente como un anticipo financiero pagado en nombre del estado.

En otras palabras, los destinatarios de los apoyos no son las empresas sino los compradores de vehículos. Lo mismo solo corredores Que interfiere con un texto legislativo explícito.

Por lo tanto, las empresas tienen que recuperar el anticipo incurrido en forma de Crédito fiscal para usar como compensaciónSegún el artículo 17 del Decreto Legislativo No. 241 para el año 1997.

Mediante Resolución Ministerial emitida el 31 de marzo de 2000 se dispuso en su Artículo Primero que:

“Se aplicarán las disposiciones de pago uniforme con compensación, con referencia a los impuestos, contribuciones y emolumentos contenidos en el artículo 17, párrafo 2, del Decreto Legislativo 9 de julio de 1997, N. 241, así como a las cantidades, incluidas las multas, adeudadas con base en:

  • de arte. 48 del decreto legislativo 31 de diciembre de 1992, No. 546;
  • Del decreto legislativo del 19 de junio de 1997, n. 218;
  • Artículo 2, párrafo 2, y párrafo 1 del artículo 3 del Decreto Legislativo del 18 de diciembre de 1997, n. 462;
  • Artículos 13, 16 y 17 del decreto legislativo 18 de diciembre de 1997, n. 472 pulgadas.

Por lo tanto, no hay límites para el uso de créditos en compensación, por Pago F24 Impuestos adicionales adeudados más tarde:

  • para investigaciones
  • Definición del conflicto en términos de dispositivos contractivos (aquiescencia, valoración con adhesión, etc.);
  • Está pendiente el pago de los impuestos y los intereses correspondientes de forma parcial durante el juicio.
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En cuanto a la posibilidad de Transferencia de crédito fiscal En el marco de la consolidación fiscal nacional, se pueden hacer referencia a las aclaraciones ya dadas en la Respuesta N° 133 del 2 de marzo de 2021.

En este sentido, la Agencia Tributaria especifica que cada empresa que participe en la consolidación puede convertir sus cuentas por cobrar a Compensación con el impuesto de sociedades Debido a la empresa consolidada.

El monto de IRES resultante, por saldo y anticipo, no debe exceder la declaración de impuestos de la corporación consolidada. Transporte permitido para Compensación con IRES para el grupo Y por la parte que no es probable que la empresa utilice para pagar otros impuestos.

Dado que se trata de créditos fiscales derivados de gravámenes, por lo que un Comprobaciones automatizadas Para verificar la capacidad del tope de gravamen disponible, respecto de los créditos utilizados en compensación, se deben seguir las instrucciones de la agencia tributaria.

En el departamento “contribuyente” F24 denominado como:

  • En el campo Código de identificación fiscal (el llamado primer código fiscal), el código fiscal de la empresa consolidada que utiliza el crédito para la compensación;
  • En el campo NIF del socio obligado, heredero, padre, síndico o síndico de la quiebra (el llamado segundo código fiscal), el código fiscal del portador (si es diferente de la persona indicada en el punto anterior) que ha transferido el crédito fiscal enviado por MISE en el curso de consolidación, junto con el código de identificación “62”.